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Actualizado: 21/03/2024

 

La Fundación, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar se rige por la Ley 50/2002 de Fundaciones,  la  Ley 2/1998 de  Fundaciones de Canarias y el  Decreto 188/1990 por el que se aprueba el  Reglamento regulador de organización y funcionamiento del Protectorado de las Fundaciones de Canariasdemás disposiciones complementarias y por los Estatutos.

 

Los estatutos son las normas por las que se regula el funcionamiento de la fundación. 

 

De conformidad con los fines de la fundación, ésta ejercitará y proporcionará los apoyos al ejercicio de la capacidad jurídica conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad y, respetando la voluntad, deseos y preferencias de cada una de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, enfermedad mental y mayores, beneficiarias de la Fundación.


Las actividades para llevar a cabo los fines son:


1.- Proporcionar apoyos a las personas para que, en condiciones de igualdad, puedan ejercer su capacidad jurídica en las áreas definidas en la medida de apoyo (personal-social, económico-patrimonial y/o jurídica), de conformidad con los principios de necesidad y proporcionalidad.


2.- El desempeño de las medidas de apoyo judicial o voluntarias previstas en las leyes dirigidas a proporcionar los apoyos al ejercicio de la capacidad jurídica.


3.- El desempeño de medidas de carácter preventivo a la medida judicial o voluntaria, dirigidas a proporcionar los apoyos al ejercicio de la capacidad jurídica.


4.- Promover la autonomía y asistencia a las personas con discapacidad.


5.- Colaborar con las Administraciones públicas y privadas dedicadas a proporcionar los apoyos a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, enfermedad mental y mayores, velando por su autonomía, inclusión social y calidad de vida.


6.- Informar, asesorar y colaborar con las redes de apoyo de la persona (familias, curadores representativos, profesionales, etc.) sobre la adopción de medidas previstas en las leyes presentes o futuras.


7.- Promover todo tipo de investigación, divulgación y sensibilización relativa a los apoyos a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, enfermedad mental y mayores.


8.- Promover el voluntariado.


9.- Promover la accesibilidad universal.

 

10.- Promover actuaciones de defensa de la igualdad efectiva de las mujeres con necesidad de apoyo al ejercicio de su capacidad jurídica.


11.- Dar publicidad suficiente con el fin de que sean conocidos los objetivos y actividades por sus eventuales personas beneficiarias y demás personas interesadas.

12.- Desarrollo de acciones para la difusión del conocimiento y saber hacer de la Fundación a la sociedad en general, por medio de la organización de acciones formativas, jornadas, congresos, semanarios, foros, edición de materiales, etc. 

 

13.- Diseñar, ofrecer y gestionar programas de formación para profesionales, familias, voluntariado y otras personas de entidades del sector o cualquier otro colectivo.


Los anteriores fines serán llevados a cabo a través de los instrumentos legales que se consideren más adecuados en cada momento, pudiendo, además, la Fundación realizar cualquier actividad lícita, incluidas las de carácter mercantil.

Sobre nosotros

La Fundación Canaria de Apoyos al Ejercicio de la Capacidad Jurídica (FUNCAPROSU) es una entidad privada sin ánimo de lucro, constituida el 28 de junio de 2018 por la Asociación de Personas con Discapacidad Intelectual de Las Palmas, APROSU. Las actuaciones de la fundación se orientan a proporcionar apoyos para la toma de decisiones y mejorar el bienestar de las personas tuteladas, desde un compromiso ético, transparente, responsable y de mejora continua para la búsqueda de la excelencia. ¡Síguenos en las Redes Sociales!

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